En Chihuahua sí se puede aplicar robo agravado de animales: Abogado

También hay sentencias de derecho civil avanzado para la custodia animal, en caso de separación de parejas

La Paradoja/Ana Juárez 

Chihuahua.-“El caso de Boni, sustraída del domicilio de sus propietarios, encuadra jurídicamente en el delito de robo, previsto en el Código Penal del Estado de Chihuahua, aun tratándose de un animal de compañía”, respondió el abogado penalista Gabriel Vidaña.

“Boni” una perrita border collie, fue sustraída de su domicilio en Sol Oriente, y posteriormente dada en “adopción” a cambio a un una cuota de recuperación al norte de la ciudad, en días pasados.

Aunque el robo de animales de compañía no está explícito en el Código Penal del Estado de Chihuahua, Gabriel Vidaña explicó a La Paradoja que si encuadra en el Artículo 208 que establece que comete el delito de robo quien se apodera de una cosa ajena mueble, sin consentimiento de quien puede disponer de ella conforme a la ley y con ánimo de dominio.

“En este caso, el animal es considerado un bien mueble. Por tanto, su sustracción del domicilio sí puede configurarse como robo, agravado por: Haber sido cometido con allanamiento de morada; tratarse de un bien con valor afectivo y económico; y por haberse realizado mediante engaño posterior para su reubicación, disfrazado de adopción”, comentó.

El abogado añadió que,  si se comprueba que hubo una venta disfrazada como cuota de recuperación, podría explorarse el tipo penal de fraude o encubrimiento por receptación, según el conocimiento o participación de quien entregó al animal.

Por lo que casos como el de Boni, el experto en derecho dijo que sí se configura un delito de robo agravado, y se puede presentar denuncia formal ante la Fiscalía, sin necesidad de que se trate de un ser vivo.

Encuentran a perrita “Boni” salva y sana; la reportaron en grupos de facebook

¿Qué pasa cuando una pareja se disputa una mascota tras una separación?

Rescatistas han señalado que una variante que se ha presentado en la adopción de mascotas, es que éstas se dan luego de disputas entre parejas que ya no desean tener el animal de compañía, o bien, como una forma de venganza para no ceder la tenencia a la expareja.

En este sentido, Gabriel Vidaña expresó que aunque las mascotas no son legalmente consideradas personas, en la práctica judicial reciente se ha comenzado a darles un tratamiento más cercano al de miembros del núcleo familiar, especialmente en casos de convivencia prolongada.

Por lo que en términos estrictamente civiles, la mascota es un bien mueble adquirido durante la relación, misma que durante una separación puede considerarse parte de los bienes comunes o, si se acredita su adquisición individual, un bien propio.

“En muchos tribunales —particularmente en materias de derecho familiar o civil avanzado— se considera también a quién ha ejercido la tenencia principal (alimentación, cuidado, atención médica); el vínculo afectivo entre el animal y sus cuidadores; incluso el bienestar del animal como principio guía, siguiendo criterios similares al interés superior del menor (aunque sin marco normativo idéntico)”, añadió.

Entre las soluciones dijo que se han admitido en juzgados, destacan la custodia compartida o alternada del animal; el régimen de visitas; la responsabilidad de gastos compartidos y aquellos fallos que evitan separar a los animales si hay más de uno.

“En disputas de pareja por mascotas, la justicia está comenzando a reconocer derechos y vínculos afectivos, aunque aún se requiere una reforma legal más explícita para garantizar protección jurídica directa a los animales como sujetos de cuidado”, puntualizó.

Caso de Boni no es aislado, es por falta de protocolos de adopción: Marylin Parada

Mostrar más
Botón volver arriba