Decreto oficial de la venta de alcohol; Chihuahua

Por: Alan Martínez

El Acuerdo entró en vigor a partir de este mismo viernes 7 de mayo, permanecerá vigente hasta que emita la Secretaría de Gobierno otra disposición y cancela el anterior decreto (Acuerdo 04/2021) que estableció Ley Seca los fines de semana.

 

La Secretaría General del Gobierno ordena por medio del Acuerdo 05/2021 lo siguiente:

 

PRIMERO. Se establece como horario permitido para la venta de bebidas alcohólicas en envase cerrado, el comprendido entre las 09:00 y las 18:00 horas, de lunes a domingo, en todos los municipios del Estado.

 

SEGUNDO. Se ordena el cierre y la suspensión de actividades, durante el horario en que la venta de bebidas alcohólicas se encuentra restringida, de los siguientes giros y establecimientos definidos y contemplados en el artículo 41 de la Ley de Alcoholes del Estado:

 

  1. Boutiques.
  2. Depósitos.

III. Licorerías.

TERCERO. El cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo será vigilado por las autoridades municipales en el ámbito de su competencia, y por la Secretaría General de Gobierno en todo el territorio estatal; su inobservancia será sancionada con la clausura temporal o definitiva del establecimiento, la revocación de la licencia o el permiso correspondiente y demás sanciones aplicables en términos de lo establecido en el Capítulo VI de la Ley de Alcoholes del Estado.

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