ENTORNO FISCAL Y FINANCIERO

El SAT quiere meterse a las casas de los contribuyentes

C.P.C., M.I. MOISÉS ARÉVALO MARIÑELARENA

-Cada vez tiene más facultades para intimidar
Buenos días, con la iniciativa de reforma al Código Fiscal de la Federación, entre otras cosas, el ejecutivo trata de obtener información personal de los contribuyentes, pues se propone el uso de herramientas tecnológicas para la obtención de fotos y videos y así recabar información de las propiedades de los contribuyentes.
Esto obedece al cambio propuesto en el Artículo 45 de dicho código, pues el texto actualmente del citado artículo indica las obligaciones de los contribuyentes en una visita domiciliaria, y entre otras cosas los visitados por la autoridad deben de permitir la verificación de mercancías y los estados de cuenta bancaria, así como otros bienes; pero ahora la propuesta indica textualmente que:
“Las autoridades fiscales podrán utilizar herramientas tecnológicas para recabar imágenes o material que sirva como constancia de los bienes y activos que existen en el domicilio fiscal, los cuales quedarán protegidos en términos del artículo 69 de este Código”. El artículo 69 indica de la confidencialidad del personal del SAT ante la aplicación de las disposiciones tributarias.
Esta situación es tan delicada, que el mismo secretario de Hacienda Arturo Herrera, al ser cuestionado sobre dicha propuesta, indico que “ese mecanismo no indica de ninguna manera limitar la privacidad e intimidad de las personas sino combatir la corrupción y la defraudación fiscal”.
Desde hace algunos años se ha puesto en duda la seguridad jurídica de los contribuyentes con tanta facultad que se la ha dado a las autoridades fiscalizadoras, sobre todo cuando se realizan facultades de comprobación, han excedido acciones en detrimento de los contribuyentes, situación que realizan de manera discrecional, y dejan en estado de indefensión a los contribuyentes.
Los expertos han mencionado que el citado artículo 45 propuesto para el 2021 debe de ser modificado, ya que es confuso, pues no indica qué tipo de herramientas tecnológicas se pueden usar ni en qué casos, es una incertidumbre total que se puede utilizar sólo con el criterio del personal del SAT en cada caso, y eso no debe de ser posible.
Ya lo hemos comentado en anteriores participaciones, por ejemplo, sobre cómo cada vez hay más motivos y facilidades para realizar la inmovilización de cuentas bancarias, el embargo que cada vez es más común dentro de las formas que las autoridades fiscales utilizan para garantizar créditos fiscales, multas o como mediadas de apremio ante ciertos comportamientos de los contribuyentes.
El artículo 40- A del Código Fiscal indica que cuando no puedan iniciarse las facultades de comprobación por no localizar al contribuyente, o cuando iniciadas estas se considere que existe el riesgo de que el contribuyente oculte, enajene o dilapide sus bienes, la autoridad practicará el aseguramiento precautorio hasta por el monto de la determinación provisional de adeudos fiscales.
El orden del aseguramiento lo marca de la siguiente manera: a) Bienes inmuebles, b) Cuentas por cobrar y acciones, c) Derechos de autor sobre obras, d) Joyas, e) Dinero y metales preciosos, f) Depósitos bancarios.
Siendo una de las acciones más sencillas para garantizar los adeudos, las autoridades fiscales se van en muchas ocasiones directamente sobre las cuentas bancarias, situación que viola muchos derechos de los contribuyentes, ya que el artículo 155 del mismo código indica que será el mismo contribuyente quien tendrá derecho a señalar los bienes que serán embargados.
Entonces, actualmente con mayor facilidad son bloqueadas las cuentas bancarias, y dejan sin poder operar a las empresas, y las autoridades no han atendido las recomendaciones de la misma PRODECON quien opina que en ocasiones la forma y términos en que se ejerce el hecho, viola derechos fundamentales de los contribuyentes generando consecuencias trascendentales a los mismos.
Esto y más, está por venir en detrimento de la economía de las empresas, pues ante este gobierno todos somos evasores.
Agradezco sus comentarios al correo electrónico: moiarevalo@yahoo.com.

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