DERECHO Y POLÍTICA

¿La Reforma a la Ley Electoral en realidad busca no discriminar o son sólo decisiones de carácter político?
Por CARLA CABELLO

Bajo el argumento de armonizar la Constitución local con la federal, las y los diputados del Congreso del Estado de Chihuahua realizaron una serie de reformas a la ley electoral, las cuales aplicarán para el próximo proceso del 2021.
Las adecuaciones constan en la eliminación del tope máximo de edad para poder ser candidato a gobernador. Para quienes aspiren a ocupar una diputación local, formar parte de los integrantes de un ayuntamiento, junta municipal o comisario de policía, podrán hacerlo partir de los 18 años.
Los ajustes a la ley electoral son válidas, incluso benéficas para quienes pretenden aspirar a un cargo de elección popular o representación proporcional, a partir de los 18 años (en el caso de integrantes de un ayuntamiento, junta municipal o comisario de policía) o quienes tienen 30 años cumplidos al día de la elección y más de 70 (en el caso de gobernador).
Sin embargo, me parece que el argumento que manifestaron los legisladores durante la sesión extraordinaria llevada a cabo este lunes es débil, pues la bandera que utilizaron para la aprobación de la reforma, fue no discriminar a ninguna persona por su edad, tal y como lo menciona el primero Constitucional.
Lejos de reconocer que el resultado del dictamen se debe a decisiones de carácter político, las y los diputados aseguraron que buscan tratar por igual a todas las personas que adquieran el carácter de ciudadanos o ciudadanas y pretendan ocupar los cargos anteriormente mencionados.
Si se busca medir a todos con la misma vara, entonces ¿por qué no eliminar el tope mínimo de edad para ser gobernador? ¿por qué no hacer lo mismo con el Poder Judicial? La respuesta es fácil y, es porque la finalidad tiene que ver con cuestiones políticas y no de derechos humanos.
El poder constituyente no discrimina por poner las reglas del juego, éste otorga la capacidad de establecer un orden de carácter jurídico y de establecer las bases fundamentales del mismo y, por supuesto que contempla modificaciones, si éstas son necesarias.
Por último, quiero resaltar que la discriminación ocurre con un trato diferente y perjudicial hacia una persona por motivos de raza, sexo, ideas políticas, religión, edad, entre otras, pero no por poner normas claras en el funcionamiento del poder público.
Que mi expresión te haga pensar.

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